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domingo, 11 de mayo de 2014

Pontevedra endurecerá su futura inspección técnica de edificios



La ordenanza municipal que regula las ITE, la cual el gobierno local iba a aplicar este año para exigir un "certificado de seguridad" a los inmuebles que superasen los 50 años de antigüedad, sera mas restrictiva con la implantación de nuevas exigencias, en especial sobre eficiencia energética.
Se calcula que hay unos 4.500 edificios anteriores a 1965 destinados a uso residencial, los cuales tendrán que superar, una vez entre en vigor la ordenanza, una exhaustiva inspección de las condiciones de seguridad de sus elementos, tales como instalaciones, cubierta, cimentación, estructura, fachada y también apartado energético.
Ademas esta inspección deberá renovarse cada 15 años, mientras que la posibilidad de reducir el plazo de 50 años a sido descartada, por el momento.

miércoles, 8 de mayo de 2013

Ordenanza de Inspección Técnica de Edificios en Logroño

La Junta de Gobierno de Logroño ha aprobado el proyecto de la Ordenanza Reguladora de la Inspección Técnica de Edificios, redactada por el Ayuntamiento y en el que han participado varias unidades técnicas municipales, como Vivienda, Urbanismo, Arquitectura y Casco Antiguo.
El objetivo de esta ordenanza es garantizar la seguridad de los edificios de la ciudad con una antigüedad de más de 30 años y otros edificios catalogados en el Ayuntamiento.
En la Junta de Gobierno de hoy se ha aprobado el proyecto de manera inicial y la previsión es que esté aprobado definitivamente, tras un periodo de alegaciones en el mes de octubre. Los datos apuntados por Miguel Sáinz indican que, en este momento, hay en Logroño 3.870 inmuebles de más de 30 años de antigüedad, que, con los catalogados, aumentan "hasta los 4.000 ó 4.100".
Como ha señalado el portavoz municipal "el objetivo es garantizar un adecuado mantenimiento de los edificios, garantizando su seguridad y su vida útil".
Los técnicos deberán realizar una visita inspección y revisar el estado de estructura y cimentación del inmueble, de las fachadas interiores, exteriores, cornisas, salientes, vuelos y elementos ornamentales así como el estado de conservación de cubiertas y azoteas del edificio. También se valorará el grado de eficiencia energética del edificio.
Las actas de inspección técnica contendrán la evaluación de las condiciones básicas de accesibilidad, estableciendo si un edificio es susceptible o no de realizar ajustes razonables para satisfacerlas.
En el caso de que la inspección sea desfavorable, el acta reflejará también las medidas de seguridad que se hayan adoptado para garantizar la seguridad y las obras y trabajos recomendados que de forma priorizada se consideren necesarios para subsanar deficiencias, y su plazo estimado de ejecución, como máximo de tres meses.
La ordenanza establece que se incoará expediente sancionador por la comisión de una infracción de carácter leve tipificada en el artículo 218.4 de la Ley 5/2006, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja en el caso de incumplir los plazos establecidos para presentar el acta de inspección técnica. Según este artículo la cuantía de esta sanción puede oscilar entre los 300 y los 3.000 euros.