El
Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León ha aprobado este jueves un
decreto que modifica el Reglamento de Urbanismo en la parte referida a la
inspección técnica de edificios para adaptarlo al marco legal actual definido
por la Ley de Vivienda de la Comunidad y la normativa básica nacional.
Este decreto establece una evaluación periódica del estado de conservación de todos los edificios en los municipios con más de 20.000 habitantes, obligatoria a partir de los 40 años desde su terminación. En los demás municipios con más de 5.000 habitantes la obligación se limita a los edificios de vivienda.
Este decreto establece una evaluación periódica del estado de conservación de todos los edificios en los municipios con más de 20.000 habitantes, obligatoria a partir de los 40 años desde su terminación. En los demás municipios con más de 5.000 habitantes la obligación se limita a los edificios de vivienda.
Asimismo, se atribuye la obligación de
promover la inspección a los propietarios (en los edificios en régimen de
propiedad horizontal será la comunidad de propietarios) y concreta los plazos
para llevar a cabo la inspección, contados desde la terminación de las obras;
es decir, 40 años para la primera inspección y diez para las sucesivas.
Por otro lado, se regula el contenido del
informe de inspección con las pruebas, modelos y ámbito mínimo de inspección.
También se desarrolla el criterio de la legislación básica de exigir la
subsanación de las deficiencias detectadas y se regulan las potestades... CONTINUAR LEYENDO
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