Los propietarios deberán encargar la inspección técnica a un profesional cualificado.
La propiedad deberá facilitar al técnico redactor del informe la visita de inspección así como las actuaciones necesarias a fin de que pueda determinar el estado del edificio y si son necesarias obras en el inmueble en orden a garantizar las condiciones que la norma exige.
Estos profesionales revisarán todos los elementos de la construcción (cubiertas y aleros, fachadas, paredes, forjados, etc). Si la construcción está en buen estado suscribirán el dictamen favorable del informe de Inspección Técnica. En caso de que los inspectores detecten deficiencias o daños que impliquen un resultado desfavorable de la inspección, el propietario deberá llevar a cabo las reparaciones oportunas, solicitando previamente la licencia municipal de obras.
Una vez finalizadas las obras, el técnico responsable de la inspección hará una nueva visita, y si los daños se han reparado satisfactoriamente, emitirá el dictamen favorable.
Sólo una vez que el pronunciamiento del técnico sea favorable, la construcción podrá ser inscrita en Registro Municipal de Inspecciones Técnicas de Construcciones como favorable.
El Ayuntamiento no tiene concertado ningún servicio de colaboración con empresas o técnicos para la Inspección Técnica de la Construcción. Los propietarios de las construcciones a inspeccionar pueden contratar a cualquier técnico competente, directamente o a través de los Colegios Profesionales correspondientes.
No hay comentarios:
Publicar un comentario