- La rehabilitación y mejora de las condiciones de uso de los edificios incluidos en el ámbito del Plan Especial del Centro Histórico.
- Toda clase de obras admisibles, incluidas las de nueva planta en el ámbito del pueblo antiguo de Gamonal.
- Las previstas en las fichas elaboradas respecto a las fachadas con vistas al Bulevard creado sobre el espacio antes ocupado por las vías del ferrocarril.
Solicitantes:
Podrán acceder a las ayudas económicas a la rehabilitación los promotores de obras de las características antes mencionadas, en cualquiera de los siguientes casos:
- Las Comunidades de Propietarios legalmente constituidas.
- Los propietarios de la totalidad del edificio o local en el que se prevén las obras.
- Los arrendatarios de la totalidad del edificio o local.
normativa sobre arrendamientos urbanos y propiedad horizontal. En cualquier caso para cada intervención en un edificio se concederá la ayuda a una sola persona, física o jurídica, siempre que esté dentro de los destinatarios arriba citados. En ningún caso, se otorgarán las ayudas previstas en estas Bases a los beneficiarios antedichos que resulten deudores de la Hacienda Municipal.
Cuantía:
No se concederán ayudas superiores a 42.000 euros por promotor y edificio en ningún caso.
Información adicional:
La tramitación de la solicitud de ayuda provisional se presentará en conjunto con la solitud de licencia de obras, adjuntando:
-Certificado original bancario donde se ingresará la ayuda a nombre del beneficiario
-Proyecto técnico y nombramiento dirección facultativa, visado, con presupuesto detallad desglosado por capitulos de las obras de objetos de subención.
-Fotografías en las que se muestre el estado del edificio.
-Declaración responsable de no haber iniciado las obras en el momento de la solicitud de la ayuda.
Además de toda la considerada por los Servicios Técnicos Municipales como necesarias.
PREMIO EDIFICIO DEL AÑO
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