La convivencia en un entorno arquitectónico
inclusivo es uno de los objetivos de la planificación urbanística pensado para lograr un bien mayor: la libre movilidad de todas las personas. El entorno físico deja de ser un obstáculo para
convertirse en facilitador de las actividades cotidianas. A favor de esta meta
se promulgó primero el Real Decreto
Legislativo 1/2013 sobre la accesibilidad, y luego la Ley 8/2013 de 26 de
junio, que viene a reforzar el decreto y trata sobre rehabilitación,
regeneración y renovación urbanas. Un dato importante acerca de los plazos
es el recogido en el Art. 25 del Real Decreto Legislativo 1/2013 sobre
accesibilidad, que establece el 4 de diciembre de 2017 como fecha límite para
alcanzar las condiciones básicas de accesibilidad en todos los edificios.
Fuente: http://www.interempresas.net |
En
su articulado, la ley fija la obligatoriedad del Informe de Evaluación de Edificios (IEE) con el fin de acreditar la
situación en la que se encuentre el edificio en relación con el cumplimiento de
la normativa. Por ley, el IEE deben tenerlo los edificios de vivienda colectiva
con más de 50 años, así como los que tengan pendiente la revisión de la
Inspección Técnica de Edificaciones (ITE), y aquellos con menos de 50 años que
soliciten ayudas públicas para realizar obras de adecuación.
Si bien las edificaciones son diferentes en cuanto a
su estructura y estética, las adecuaciones a realizar para cumplir con la
accesibilidad contemplan dos áreas
generales, según el Plan Estatal 2013-2016: movilidad y comunicación. Para la libre movilidad será necesaria la
instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas u otros dispositivos, que
permitan el acceso a todas las áreas comunes.
De la misma manera, la comunicación se
pondrá al alcance de todos, gracias a la instalación de señales luminosas o
sonoras que permitan la orientación en las zonas comunes. Para la comunicación
entre viviendas y de éstas con el exterior, se sugiere la instalación de
elementos o dispositivos electrónicos y análogos, como los telefonillos o los
videoporteros, los que en muchos casos ya son de uso común.
Por lo tanto el IEE no se limita a estas condiciones sino que tiene una visión más
amplia para verificar el cumplimiento de la normativa sobre accesibilidad y
buscar que las personas ganen en independencia, seguridad e integración. La adecuación arquitectónica es el medio
para lograr el ejercicio de los derechos para una vida en igualdad de
oportunidades.
Funte: http://www.interempresas.net/
No hay comentarios:
Publicar un comentario