La inspección técnica afecta este año a los inmuebles
construidos entre 1951 y 1965
La Inspección Técnica de
Edificios, que es obligatoria en Ourense desde hace ya un par de años, no
entiende de excepciones. Este año la revisión le corresponde a los inmuebles
que se han levantado en la capital ourensana en los años del intervalo que va de
1951 a 1965. Son, según el listado que se puede contemplar en el página web del
Concello de Ourense y que recientemente se ha publicado en el Boletín
Oficial de la Provincia, unos 2.700 inmuebles.
En esa
enumeración de edificios que tendrán que ser revisados de oficio por sus
propietarios para luego entregar el certificado en las dependencias del
Concello de Ourense se encuentra uno especialmente significativo. Se trata del
que alberga la plaza de Abastos número 1 de Ourense. Construido en el año 1960, la obra de Manuel Conde tendrá que
pasar la inspección del inmueble y de cada uno de sus puestos. Esta revisión
rutinaria le llega al mercado ourensano en pleno debate sobre su reforma. El
Concello de Ourense ha remitido al Gobierno central su solicitud para que
acepte una remodelación profunda, se trataría de un
proyecto de más de cinco millones de euros, que paliaría todas sus carencias.
La novedosa ITE pilló en el 2013 con el pie cambiado a muchos
ourensanos. Eso motivó que las inspecciones realizadas en el arranque de la normativa
distaran mucho de las previsiones del Concello de Ourense. Ese ritmo fue en
aumento durante el pasado ejercicio, según destacaron en reiteradas ocasiones
desde el gobierno municipal.
Temor a los timos
Una preocupación que sí se ha mostrado desde el departamento de
Urbanismo, en concreto por parte de la exconcejala Áurea Soto antes de
abandonar el cargo, es la presencia de falsos inspectores que acuden a las
viviendas de particulares para realizar la revisión. haciéndose pasar por
empleados de la institución municipal.
La ordenanza aprobada por el Concello de Ourense establece
alternativas a aplicar en caso de que el propietario del inmueble decida no
cumplir con esta obligación. Así, en el artículo 14 se detalla: «El Concello podrá optar entre una ejecución subsidiaria o una imposición de
multas coercitivas». Esas sanciones, según especifica el reglamento, irán en función
del estado en que se encuentre el inmueble y los riesgos que pueda suponer su
situación particular.
Fuente: http://www.lavozdegalicia.es
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