domingo, 12 de abril de 2015

El BOPA publica este lunes ayudas para la rehabilitación de edificios construidos antes de 1981

El Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) publicará, este 13 de abril, una convocatoria de ayudas estatales y autonómicas destinadas a la rehabilitación de edificios, por un importe de 8,5 millones de euros.


         Estas ayudas son de carácter plurianual, y se concederán con distribución anual en función del plan de obras previsto. 
         Las solicitudes ha entregar, para poder beneficiarse de estas ayudas, se podrán presentar hasta el 14 de agosto de este año, y su adjudicación se resolverá en dos fases, dependiendo de la fecha de presentación de la solicitud.
          Estas subvenciones están convocadas en el marco del Plan Estatal de Fomento al Alquiler de la Vivienda, la Rehabilitación y Renovación Urbana 2013-2016 y el convenio suscrito en agosto de 2014 entre el Principado de Asturias y el Ministerio de Fomento, y van destinadas a la financiación de obras y trabajos de mantenimiento e intervención de edificios construidos antes de 1981.
        El primer requisito que se debe cumplir es, que al menos, el 70% de las casas integrantes del edificio de viviendas han de constituir el domicilio habitual de sus propietarios o inquilinos. De forma excepcional se admitirán edificios que presenten graves daños estructurales o que estén destinados de forma integral al alquiler.
      Se podrán beneficiar de estas ayudas las comunidades de propietarios, las agrupaciones de comunidades y propietarios únicos de edificios de viviendas.
          Los trabajos se centrarán en la conservación, mejora de la calidad, sostenibilidad y mejoras en la accesibilidad. Serán, por tanto, "subvencionables" entre otras, las obras en instalaciones comunes de electricidad, fontanería, gas, saneamiento, recogida y separación de residuos y telecomunicaciones, con el fin de adaptarlas a la normativa vigente.
          También se destinarán ayudas para mejorar la eficiencia energética y la sostenibilidad de los edificios, así como para actuaciones destinadas a mejorar la accesibilidad, como instalación de ascensores salvaescaleras, rampas u otros servicios. La duración de las obras no podrá ser superior a 16 meses o 18 meses en el caso de edificios que afecten a 40 o más viviendas. Estas obras deberán finalizarse antes del 15 de octubre de 2016.






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