Competencia denuncia que Arquitectos y Aparejadores acaparen la potestad de elaborar el IEE
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), mediante una solicitud del Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales, ha publicado el "Informe sobre posibles reservas de actividad en el Informe de Evaluación de Edificios", en el que destaca la reserva a Arquitectos y Arquitectos Técnicos sobre la capacidad de realizar el Informe de Evaluación de Edificios (IEE).
La Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas (LRRR), establece para los propietarios de inmuebles ubicados en comunidades de vecinos, la obligatoriedad de cumplimentar el IEE. Este dictamen podrá ser emitido por los técnicos facultativos competentes y por las entidades de inspección registradas que pudieran existir en las Comunidades Autónomas.
La CNMC señala que, según la Ley 8/2013, se considera técnico competente a quien esté en posesión de cualquiera de las titulaciones académicas y profesionales habilitantes que establece la Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación (LOE), o haya acreditado la cualificación necesaria. Partiendo de que la LOE no regula la actividad de evaluación de edificios sino de proyección o construcción de los mismos, todos los que cuenten con el título profesional que dicha norma reseña (Arquitecto, Arquitecto Técnico, Ingeniero o Ingeniero Técnico) podrían ejercer esta actividad.
Según la CNMC, la Administración General del Estado estaría atribuyendo la capacidad para realizar el IEE en exclusiva, a Arquitectos y Arquitectos Técnicos, por lo que "recomienda" una interpretación de las normas que favorezca la competencia efectiva entre los profesionales.
Además, la CNMC sugiere que en el desarrollo de la LRRR se tenga en cuenta que pueden existir técnicos competentes para ejercer esta actividad que no guarden relación directa con el ámbito de la edificación.
FUENTE NOTICIA: "EL MUNDO"
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